MODIFICACION A REQUISITO DE INGLES —MODIFICACION 11/10/2012—

Copia literal del punto SÉPTIMO,  Inciso 7.4 del Acta No. 36-2012 de sesión celebrada por Junta Directiva de la Facultad, el 11 de octubre del año en curso:

SÉPTIMO: ASUNTOS ACADÉMICOS

7.4 Modificación del Punto SÉPTIMO, Inciso 7.5 del Acta No. 20-2012, con relación a requisito de idioma inglés para estudiantes con carné menor a 2003.

Junta Directiva con base al Artículo 30, literal «a» del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma), y tomando en cuenta el fortalecimiento del nivel de preparación académica de todos los estudiantes egresados de esta Facultad, así como el tiempo adecuado para que esta disposición sea del conocimiento y aplicación para todos los estudiantes de esta Unidad Académica, y luego de amplio análisis y discusión, acuerda, modificar el Punto SÉPTIMO, Inciso 7.5 del Acta No. 20-2012 de su sesión celebrada el 06 de junio de 2012, así como el Punto OCTAVO, inciso 8.2 del Acta No. 41-2002 de sesión de Junta Directiva celebrada el 14 de noviembre de 2002, de la siguiente forma: «Regular a partir del 01 de enero de 2013, que todo estudiante que inicie sus estudios en la Facultad, ya sea por inscripción regular, por Carreras Simultáneas, Traslados de otras Unidades Académicas, Centros Regionales u otras Universidades, cumplan con los requisitos vigentes con relación a las constancias de cumplimiento de los requisitos de Computación e Idioma Inglés, éste último con la modalidad del Nivel Técnico, según lo indicado en el Proyecto de Mejora y Facilitación del Cumplimiento del Requisito de Idioma Inglés, sin importar el número de carné, para lo cual se deberá considerar el primer año en que apruebe cursos en ésta Facultad.  De igual manera para todos aquellos estudiantes que aún no se han graduado e ingresaron a esta Unidad Académica, bajo cualquier modalidad sin importar el Número de Carné, antes del primer semestre del año 2003, deben cumplir con la entrega de la certificación de Idioma Inglés extendida por CALUSAC, que indique la aprobación de los ocho primeros cursos de Idioma Inglés que imparte CALUSAC, así como la constancia de cumplimiento del requisito de Computación.  Se exceptúan los casos en que los estudiantes que ingresaron a esta Unidad Académica antes del primer semestre del año 2003, tengan pensum cerrado o cierran pensum en el año 2012, para quienes se concede un período que no exceda el 30 de junio de 2014 para poderse graduar, sin presentar dichos requisitos de Idioma Inglés y Computación.»

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4 Comentarios

  1. Donde extienden la constancia de Computación que se requiere en la Facultad?

  2. Según el acta entonces, si yo soy carné 2001 y ya tengo pensum cerrado, tengo hasta junio del otro año (2014) para poderme graduar sin necesidad de tener la certificación de inglés técnico?

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